NORMAS DE USO Y FUNCIONAMIENTO
DEL PARKING C.C. LA FINCA GRAND CAFÉ

LAFINCA GRAND CAFÉ, en adelante LAFINCA, pone permanentemente a disposición de los
usuarios de parking las presentes normas de uso y funcionamiento.

  1. Estas normas son de cumplimiento obligatorio para los clientes y personas que se puedan encontrar en el interior del aparcamiento o en sus accesos.
  2. Dentro del aparcamiento y en sus accesos, el cliente deberá respetar:
    1. Las normas de circulación y preceptos legales o reglamentarios que puedan ser de aplicación, y la Ley reguladora del contrato de aparcamiento de vehículos.
    2. La señalización del tránsito.
    3. Las indicaciones de los empleados del aparcamiento, o aquellas que se hagan mediante carteles.
  3. Las plazas de aparcamiento se asignarán a los automóviles por orden de llegada, excepto que en algún momento se puedan establecer restricciones o características del servicio. Las motocicletas solo podrán aparcar en las plazas indicadas para estos vehículos.
  4. Las plazas de aparcamiento destinadas a recarga eléctrica de vehículos en rotación solo podrán utilizarse para dicho fin y por el tiempo necesario para dicha recarga.
  5. En las plazas accesibles para personas con movilidad reducida solo podrán estacionar quienes dispongan y acrediten hacer uso de la autorización administrativa especial para personas con movilidad reducida (TPMR) mediante su exhibición totalmente visible en el parabrisas del vehículo mientras este permanezca estacionado. LAFINCA denunciara ante la autoridad competente a los infractores.
  6. En horarios de poca demanda, por seguridad, se podrán restringir los accesos de vehículos y peatones, mediante puertas de cierre que dispondrán de los sistemas suficientes de llamada y abertura, y que permitirán la salida libre de los clientes de una forma permanente.
  7. Para poder entrar al aparcamiento con el vehículo, será necesario retirar el ticket horario que expenderá la máquina y en el que figurarán el día y la hora de entrada y el marcador/matrícula que permita identificar el vehículo. El cliente deberá conservarlo en debidas condiciones, y por razones de seguridad, llevarlo siempre encima. El uso indebido de un ticket para sacar del aparcamiento un vehículo que no corresponda con el marcador/matrícula se considerará fraudulento.
  8. La pérdida del ticket comportará que el cliente, para retirar su vehículo, se identifique, acredite la propiedad/posesión del mismo.
  9. LAFINCA está legitimada para proceder a la retirada de vehículos en casos de abandono, acudiendo al procedimiento previsto en el artículo 6 de la Ley 40/2002 de 14 de noviembre reguladora del contrato de aparcamiento de vehículos.
  10. El cliente será el responsable de retirar del vehículo los accesorios no fijos y que sean extraíbles, como teléfonos móviles y demás pertenencias, no extendiéndose ninguna responsabilidad por este concepto a LAFINCA de acuerdo con los términos de la Ley 40/2002 de 14 de noviembre de 2002, reguladora del contrato de aparcamiento.
  11. El cliente tiene obligación de comunicar a LAFINCA, de forma inmediata y antes de salir del aparcamiento, los daños y perjuicios que hubiera podido ocasionar al propio aparcamiento o a otros clientes.
  12. El cliente deberá indemnizar los daños y perjuicios que ocasionare a personas, vehículos, bienes e instalaciones del aparcamiento, por dolo, culpa, negligencia o infracción de la normativa aplicable.
  13. LAFINCA no responde de los daños causados por otros usuarios o por terceros. Tampoco responde de las reclamaciones por daños al vehículo una vez éste haya salido del aparcamiento.
  14. El cliente podrá presentar reclamaciones mediante los modelos reglamentarios que estarán a disposición de los clientes en el mail [email protected] El plazo de resolución de la reclamación interpuesta será de un (1) mes como máximo.
  15. Las presentes normas podrán ser objeto de modificación por parte de LAFINCA cuando lo considere conveniente para el mejor funcionamiento del aparcamiento. LAFINCA publicará dichas actualizaciones en el aparcamiento para el debido conocimiento de los clientes.